Condonación de impuestos es prohibida por diputados

Con 421 votos a favor y 25 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular el dictamen de reforma al artículo 28 constitucional para prohibir cualquier tipo de condonación de impuestos.

Con el voto dividido del PRI, a favor y en abstención, la mayoría parlamentaria aprobó el proyecto que pasó al Senado para su análisis, discusión y eventual aprobación, y que es resultado de la iniciativa enviada por el presidente Andrés Manuel López Obrador el pasado 13 de agosto.

En su argumentación, el proyecto subraya que el pago de impuestos, representa una fuente de recursos económicos para satisfacer las necesidades de la población y refiere que en el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación se confiere al Ejecutivo Federal la facultad de condonar o eximir, total o parcialmente el pago de contribuciones y sus accesorios, autorizar su pago a plazo diferido o en parcialidades en algunos casos como en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias.

Además, se advierte que en los últimos sexenios se distorsionó la intención original de dicha disposición hasta llegar al punto de otorgar condonaciones generalizadas sin aplicar un criterio de política fiscal lo que ha ocasionado un quebranto en los ingresos financieros del Estado, además de que un desequilibrio en la carga fiscal que recae en los contribuyentes cumplidos.

Se prohíbe cualquier trato preferencial, “en favor de unos cuantos”, con ello inhibe que incluso el Ejecutivo Federal pueda otorgar de forma discrecional y periódica, y de manera generalizada y masiva la condonación de contribuciones a los deudores fiscales.

De las tres reservas presentadas, únicamente se aprobó la presentada, a nombre de siete grupos parlamentarios, por el coordinador de Morena, Mario Delgado que únicamente cambia un punto y coma a la redacción de la reforma

Con las reformas al 28 constitucional, la nueva redacción es la siguiente: “En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos; las condonaciones de impuestos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las prohibiciones a título de protección a la industria”.

En caso de que el dictamen sea aprobado en sus términos por el Senado, las reformas entrarán entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. En tanto, las legislaturas locales tendrán un año de plazo, a partir de su publicación para adecuar el marco jurídico en la materia.

Con información de MILENIO

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