Sobre privilegios y derechos

En los últimos días, hemos visto protestas por el abuso de la fuerza sobre grupos socialmente discriminados y estigmatizados. La molestia ha sido sonora y ha tensionado la discusión pública, alrededor de dos conceptos: privilegios y derechos.

Aunque la distinción ha sido utilizada por los teóricos de la igualdad desde el final del siglo pasado, en nuestros días ha cobrado visibilidad, aunque, en muchos casos, el abuso en el uso desdibuja los atributos principales.

Me explico, no toda condición de desigualdad está fundada en el privilegio, pues también hay situaciones de vulnerabilidad que se originaron por la ausencia de derechos; por ejemplo, no se puede reclamar a alguien por haber ejercido su derecho a la educación.

En términos de justicia, la demanda no debe ser quitar “el privilegio” de la educación pues esto sería vulnerar un derecho humano; la exigencia tendría que ser garantizar la educación de calidad para todas y para todos. Tampoco se puede criminalizar a alguien por ejercer sus derechos —laborales, por ejemplo— y exigir una retribución justa por su trabajo, conforme a la ley y a las condiciones contractuales.

De esta forma, hay que recordar que los privilegios son, de acuerdo con la definición canónica de Bailey, todas aquellas ventajas conferidas sistemáticamente que las personas disfrutan en virtud de su pertenencia a grupos dominantes, con acceso a recursos y poder institucional, que está más allá de las oportunidades comunes de los ciudadanos marginados.

Los privilegios refuerzan el poder de los ganadores de la lotería social y tienen tres características fundamentales: son invisibles para los privilegiados, pero chillantes para los grupos en desventaja; forman parte de la normalidad socialmente aceptada y suelen percibirse como condiciones de supremacía ontológica —una suerte de derechos merecidos— cuando son, más bien, ventajas sociales injustificadas.

De esta forma, los privilegios aumentan el poder de los poderosos, al darles ventajas respecto al trato, a las oportunidades y el ejercicio jurídico. Por su parte, la lógica del lenguaje de los derechos busca garantizar el respeto incondicionado por la dignidad de todas y de todos, sin que importen sus condiciones, rompiendo con las categorías sospechosas que sostienen los privilegios.

El objetivo es reparar el trato desigual, la falta de oportunidades y los abusos estatales, para devolver la capacidad de agencia históricamente robada a los grupos en desventaja, reduciendo la marginación y la estigmatización.

Confundir el ejercicio de los Derechos Humanos con una forma de privilegio es miope, obtuso y perverso; tanto como querer cambiar el nombre de la Comisión Nacional de Derechos Humanos por Procuraduría de los Pobres. Pero, ya puestos a decir disparates, preferiría que se llamara Procuraduría de las Mujeres y tuviera un alcance mayor porque nosotras, al margen de la clase social, padecemos las mismas condiciones de violencia estructural.

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