Ley Anticipada “Muerte Anticipada”

Por Christian Pilotzi

Los avances en las tecnología nos lleva a nuevas alternativas en situaciones mundiales y en el tema de la salud no es la excepción; Sin embargo, existen procedimientos médicos que ofrecen al enfermo terminal al uso de aparatos médicos que lo mantienen vivo de manera artificial, alargando su agonía y sufrimiento; para ello en México se creó la Ley de Voluntad Anticipada que permite a enfermos terminales decidir si continuar o no con tratamientos que prolonguen su vida.

La voluntad anticipada va encaminada a “la decisión que toma una persona de ser sometida o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongar su vida cuando se encuentre en etapa terminal y, por razones médicas, sea imposible mantenerla de forma natural, protegiendo en todo momento la dignidad de la persona” (Art. 1 de la Ley de Voluntad Anticipada CDMX).

Esta muy claro la ley anticipada “es la decisión que toma una persona de ser sometida o no aceptar los medios ofrecidos a tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongar su vida cuando se encuentre en etapa terminal y por razones médicas, sea muy complicada mantenerla de forma natural, protegiendo en todo momento la dignidad é integridad de la persona.

Por lo menos en cifras registradas en la secretaria de salud, muestra quien con más interés de la ley anticipada son:

· Mujeres

· Personas solteras

· Personas en edad productiva

El 60% de las solicitudes de voluntad anticipada son personas que tienen de 61 a 80 años, y el 64% de las personas que otorgan su voluntad anticipada son mujeres.

¿Es lo mismo que la eutanasia?

La voluntad anticipada (ortotanasia); La actuación correcta ante la muerte por parte de quienes atienden al que sufre una enfermedad incurable o en fase terminal. La legislación aún no permite la eutanasia o acto deliberado de dar fin a la vida.

También se puede solicitar de manera preventiva a voluntad de la ley anticipada, no hay que esperar a que se diagnostique con una enfermedad o se encuentre en un estado de salud severo, en el mismo documento se puede decidir si también se donen los órganos que estén viables para la donación.

¿Dónde puedo la puedo tramitar?

Existen dos formas de solicitarlo; Uno, el documento, el cual se tramita ante notario público y dos; El formato que se otorga en instituciones de salud públicas, privadas y sociales.

El documento “instrumento, otorgado ante Notario Público, en el que una persona con capacidad de ejercicio y en pleno uso de sus facultades mentales, manifiesta la petición libre, consciente, seria, inequívoca y reiterada de ser sometida o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos, que propicien la Obstinación Terapéutica” (Art. 3, Fracción III de la Ley de Voluntad Anticipada CDMX.

¿Qué necesito para tramitar un documento?

· Ser mayor de edad.

· Estar en pleno uso de sus facultades mentales.

· Acudir ante un notario público.

· Contar y Firmar de dos testigos.

· Presentar identificación oficial vigente de solicitante, representantes y testigos.

El formato es un “documento de Instrucciones de Cuidados Paliativos previamente autorizado por la Secretaría de Salud, suscrito por el enfermo terminal, es seguir con tratamientos que pretendan alargar la vida o bien la suspensión del tratamiento curativo y el inicio de la atención en cuidados paliativos, preservando en todo momento la dignidad de la persona” (Art. 3, Fracción V de la Ley de Voluntad anticipada CDMX).

¿Que necesito Para tramitar el formato?

· Llenar Formato de Voluntad Anticipada solamente ante personal de salud.

· Firmar ante dos testigos.

· Nombrar un representante según corresponda.

· Identificación oficial vigente de solicitante, representantes y testigos.

· Respaldo que validez con una nota clínica.

Para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el documento o formato de voluntad anticipada, la persona o en su caso su representante, deberá solicitar al personal de salud; Se lleve a cabo las disposiciones y deseos registradas en dicho documento.

Para ello existe; El Departamento de Asesoría Jurídica del INAPAM brinda orientación legal a las personas mayores que estén interesadas en realizar este trámite y tengan dudas relacionadas con este tema. Información en [email protected] o al 5925 5366

Fuentes:

https://www.gob.mx

http://www.inegi.gob.mx

www.salud.cdmx.gob.mx

Christian Pilotzi

Lic. Enfermería – Intensivista – Fisioterapia – Rehabilitación Física

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