¿Pueden escuelas demandar a redes sociales por daños a salud mental de alumnos?

El distrito escolar de Seattle afirma que Facebook, Instagram, Snapchat, YouTube, TikTok y Google vuelven adictos deliberadamente a los niños a sus plataformas. Otro argumento es que ofrecen contenido inapropiado y este fomenta la ansiedad, depresión, trastornos alimentarios, ciberacoso y autolesiones.

Aunado a tal afirmación del distrito escolar de Seattle, cientos de familias estadounidenses han presentado demandas individuales por presuntos daños a niños por parte de las redes sociales. Sin embargo, un nuevo caso en dicha ciudad está marcando, pues, ha sido presentado por funcionarios del gobierno local.

Los argumentos específicos de parte de un distrito escolar público son bajo la teoría de “molestia pública”. Es decir, que las redes sociales han llevado a “aumentos drásticos en suicidios, intentos de suicidio y visitas a la sala de emergencias relacionadas con la salud mental”. Mayoritariamente por parte de niños en edad escolar, así como peleas, interrupciones en el aula, ausentismo y tardanzas, afirma el distrito. Esto ha ocasionado que las autoridades escolares gasten grandes cantidades de dinero para mantenerse al día.

¿Por qué las demandas por molestias públicas tienen ventajas para este tipo de casos?

Porque, por ejemplo, en una demanda por alteración del orden público, no es necesario probar cómo se perjudicó específicamente a una persona individual. Ni siquiera cuánto del daño ocasionado se debió al producto en comparación con otros factores. Además, porque los demandantes gubernamentales tienen mucho más dinero y recursos.

Otra ventaja de este tipo de demandas y posibles juicios, es que las compañías de redes sociales están siendo acusadas de dirigirse deliberadamente a los niños. Por otra parte, en 2021, la redes sociales priorizan el contenido dañino para los niños. Al respecto, Haugen argumentó, “(los creadores de las redes sociales) sabían las consecuencias, y lo ocultaron”.

Más factores señalan a los acusados (las redes sociales) como incapaces de alegar que sus productos fueron mal utilizados deliberadamente. Una defensa clave impulsora de las demandas por molestia pública contra los fabricantes de armas, por ejemplo, pero sin mucho éxito.

¿Y ante todo este panorama, qué dicen los expertos? Por ejemplo, Deborah Hensler, profesora de la Facultad de Derecho de Stanford, dijo:

“Las demandas basadas en la alteración del orden público no son de ninguna manera algo seguro”.

Pero recalcó, sí han habido algunos éxitos en las modificaciones sobre la teoría de la alteración del orden público. Robert Rabin, otro profesor de derecho de la Universidad de Stanford, mencionó:

“Los casos de las redes sociales enfrentan una serie de obstáculos. Plantean problemas muy importantes de la Primera Enmienda, refiriéndose a los casos contra las redes sociales”.

Rabin, agregó:

“Ninguna de las acciones anteriores de agravios masivos enfrentó esa barrera particular (y sustancial)”. Por ejemplo, la sección 230 de la Ley de Decencia en las Comunicaciones, grosso modo señala, las empresas web no pueden ser demandadas por publicar contenido de terceros.

Las escuelas de Seattle están tratando de evitar este problema diciendo que no están demandando a las empresas por el contenido en sí, sino por diseñar deliberadamente un producto adictivo a sabiendas de los perjuicios sabidos. Por último, se espera que la Corte Suprema de los EE. UU. se pronuncie sobre el alcance de esta ley a finales de 2023. La postura se dará a conocer en un caso donde la familia de una víctima de terrorismo, dijo que “Google creó algoritmos que promovieron videos de radicalización”. Sin embargo, la gran interrogante es si más distritos escolares, ciudades y pueblos, y gobiernos locales deciden sumarse al caso.

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