Días cuando los bancos estarán cerrados en 2020

Toca a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), la institución pública que regula al sistema financiero de México, determinar los días en que las entidades financieras que operan en el país suspenden operaciones durante el año. 

La decisión de la CNBV sobre los días feriados se publica en el Diario Oficial de la Federación y para 2020 la autoridad determinó que las instituciones y empleados bancarios no brindarán servicios al público en la República Mexicana los días:

  • Miércoles 1 de enero: Por festividades de inicio de año.
  • Lunes 3 de febrero: Por el Día de la Constitución Mexicana (5 de febrero).
  • Lunes 16 de marzo: Conmemoración del natalicio de Benito Juárez (21 de marzo).
  • Jueves 9 de abril y viernes 10 de abril: Jueves Santo y Viernes Santo
  • Viernes 1 de mayo: Conmemoración del Día del trabajo.
  • Miércoles 16 de septiembre: Conmemoración del Día de la Independencia de México.
  • Lunes 2 de noviembre: Día de los Fieles Difuntos.
  • Lunes 16 de noviembre: Conmemoración del inicio de la Revolución mexicana (20 de noviembre).
  • Sábado 12 de diciembre: En celebración del Día del Empleado Bancario.
  • Viernes 25 de diciembre: Por festejos de Navidad.
  • Los sábados y domingos del año.

La disposición publicada en el Diario Oficial de la Federación señala que si alguna entidad financiera quiere abrir sus puestas, operar y prestar servicios al público en los días antes señalados deberán presentar a la CNBV un aviso en el que señale las plazas o localidades del país en que se mantendrán las instalaciones abiertas y el tipo de operaciones que se pretenden realizar.

La Ley del Trabajo de México determina como días de descanso obligatorio los siguientes:

  • 1 de enero.
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.
  • El 1 de mayo por el Día del Trabajo.
  • El 16 de septiembre en conmemoración del Día de la Independencia de México.
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.
  • El 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo.

De trabajar en estos días, la ley señala que el empleador deberá pagar al trabajador el triple del salario que percibe al día.

Con información de EL ECONOMISTA

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