El 26% de las trabajadoras sufre violencia laboral

Una de cada cuatro trabajadoras del país ha sido víctima de violencia en el trabajo de manera repetitiva, lo que lo hace un problema muy presente en los centros de trabajo, expresó Luisa María Alcalde Luján, secretaria del Trabajo y Previsión Social.

La funcionaria acotó que la Ley Federal del Trabajo (LFT) obliga a los patrones a adoptar un protocolo para atender los casos de violencia laboral. Sin embargo, las áreas de recursos humanos no tienen una guía clara de cómo atender estos casos y las mujeres no saben a quién acudir.

Por ello, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) presentó el Protocolo para prevenir, atender y erradicar la violencia laboral, un instrumento gratuito para las empresas y que también servirá como guía para la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).

La LFT contempla multas de hasta 434,400 pesos para los patrones que toleren la violencia laboral y el acoso y hostigamiento sexuales en las empresas.

Esta herramienta, explicó la funcionaría federal, será paralela a las herramientas civiles y penales que se usen para atender la violencia en los centros de trabajo. Las empresas que adopten este protocolo, están obligadas a cumplirlo, pues la autoridad laboral hará una evaluación cada seis meses.

“Este protocolo es un protocolo basado en nuestra realidad, que se puede adoptar desde el comercio más pequeñito hasta la empresa más grande. Es un protocolo, también, que no implica que un agente externo te venga a certificar, que tengas que pagar para que te certifiquen”, expuso Alcalde Luján.

La titular de la STPS aseguró que el protocolo no es complejo de implementar, por lo que invitó a todos los empleadores a usarlo, sin importar el tamaño de la empresa.

Este documento fue diseñado bajo los principios rectores de dignidad y defensa de la persona, ambiente saludable y armonioso, igualdad de oportunidades, confidencialidad, debida diligencia y no discriminación.

Las primeras medidas

Para que el protocolo cumpla su objetivo, primero debe difundirse entre todos los trabajadores y, posteriormente, capacitar a los actores que se encargarán de hacerlo cumplir.

Lo primero que deben hacer los centros de trabajo es tener claros los tipos de violencia. Por ejemplo, acoso sexual (cuando es entre pares), hostigamiento sexual (cuando es de un nivel jerárquico superior) o violencia laboral (cualquier tipo de acción que no tenga connotación sexual. Por ejemplo, humillación o burlas).

El segundo paso es designar a los actores principales: un consejero (el contacto para denunciar la violencia laboral) y los integrantes del Comité de Atención y Seguimiento (determinará las medidas de protección o modificación de conducta).

¿Cómo atender la violencia laboral?

Paso a paso, el protocolo contempla una serie de acciones que deben tomarse para atender estos casos. En caso de que, el agresor sea el consejero o un miembro del comité, quien deberá dar seguimiento será el suplente.

1. Denuncia

La trabajadora debe acudir al consejero, el cual deberá generar un entorno de confianza y confidencialidad. Este primer contacto garantizará el acompañamiento a la víctima durante todo el proceso.

2. Medidas preventivas

El consejero designado asesorará a la víctima para presentar la queja por escrito al Comité y éste tomará medidas preventivas para evitar daños de difícil o imposible reparación para la víctima.

3. Investigación

El Comité de Atención y Seguimiento debe hacerse de toda la información posible como entrevistas con el presunto agresor y la víctima —siempre cuidando no encararlos— mensajes, videos, documentos y testigos, entre otros recursos.

4. Modificación de conductas

Revisada la narrativa y de confirmarse el caso de violencia laboral, adicional a las denuncias ante otras autoridades, se tomarán acciones de modificación de conducta que pueden ser, atendiendo a la gravedad del caso, restricciones de acercamiento, modificación de horario, cambio de área o incluso, la terminación de la relación laboral.

5. Acta de cierre

La decisión final deberá ser plasmada en un acta de cierre, en donde se indique la decisión del Comité, la narrativa de los hechos, además de las medidas de protección y de modificación de conducta establecidas para las partes.

“Para los centros de trabajo y las empresas que adopten este protocolo se incluye un compromiso o una obligación por parte de los empleadores de que estas medidas van a ser vinculantes; que estas medidas van a ser obligatorias y se tienen que complementar en el centro de trabajo”, puntualizó Luisa María Alcalde Luján.

La titular de la STPS reiteró que estas acciones son en el ámbito del centro del trabajo y son independientes de las consecuencias penales o civiles que deriven del caso de violencia laboral.

Centros de trabajo inseguros

La directora del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), Nadine Gasman, dijo que el promedio de episodios de violencia que sufre una sola trabajadora es de entre 2 a 3. De ahí que los centros de trabajo se han convertido para buena parte de las mujeres en un entorno en el que no pueden realizar sus labores tranquilas y de manera segura.

Por otra parte, Mónica Maccise, presidenta del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), aseguró que el nuevo protocolo normalizará las denuncias y ayudará a que las mujeres rechacen todo tipo de violencia en el trabajo.

Además, esta herramienta cierra la pinza con el trabajo que está haciendo la Administración Pública Federal para erradicar la violencia contra las mujeres en el sector público.

En tanto, la titular de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), Carolina Ortiz, reconoció que la dependencia carecía de una guía para atender la violencia laboral hacia las mujeres. Por ello, afirmó que el protocolo los ayudará, incluso, a distinguir los tipos de violencia y los pasos a seguir en estos casos.

Con información de EL ECONOMISTA

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