Conoce que gastos médicos son deducibles

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda a las personas físicas que obtienen ingresos por honorarios, sueldos y salarios, arrendamiento y actividad empresarial y/o profesional,  que pueden deducir gastos médicos en su declaración anual.

Las deducciones personales son gastos que los contribuyentes tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables del ejercicio fiscal en curso, lo que en algunos casos permite obtener una devolución.

Los gastos que se pueden deducir en la declaración anual son:

·         Honorarios médicos, dentales, psicológicos o nutricionales.

·         Gastos hospitalarios.

·         Medicinas incluidas en facturas de hospitales.

·         Honorarios a enfermeras.

·         Análisis o estudios clínicos.

·         Prótesis.

·         Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.

·         Lentes ópticos graduados.

·         Primas por seguros de gastos médicos.

Estos gastos son deducibles para el contribuyente o, en su caso, para familiares directos (cónyuge, concubina(o), padres, abuelos, hijos y nietos) que no hayan percibido ingresos superiores al salario mínimo anual.

Los gastos deben estar respaldados por facturas emitidas por personas con título profesional y haberse pagado mediante cheque nominativo, transferencia electrónica o tarjeta de crédito, débito o servicios.

También son deducibles los gastos por salud derivados de incapacidades o discapacidades mayores a 50% de la capacidad

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