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Aplicar sanciones a quienes ordenen a escoltas agredir a una persona

El coordinador de los diputados del PVEM, Jesús Sesma Suárez, informó que la próxima semana presentará una iniciativa para establecer responsabilidades penales a las personas que ordenen a sus escoltas agredir a una persona.

“Propondremos una iniciativa el próximo miércoles, que reforma el Código Penal Federal para que pueda tener un agravante aquella persona, que sea el intelectual del delito, y que mande a su subordinado (escolta) a cometer algún un tipo de lesión”, señaló.

El líder parlamentario subrayó que todas aquellas personas que cuenten con elementos de seguridad personal, ya sea por contratación propia o designado por alguna institución, como es el caso de los funcionarios públicos, deben ser corresponsables del actuar de sus escoltas.

Explicó que actualmente “no existe en el Código Penal Federal una corresponsabilidad y no hay un agravante a quien mandate y ordene, de manera intelectual, una lesión hacia otra personas, ya que es una actividad ilícita”.

Recordó que, el fin de semana pasado, se registró un enfrentamiento entre estudiantes del Instituto Cumbres y el Instituto Irlandés, en una fiesta al poniente Ciudad de México, donde también participaron sus escoltas.

Sesma Suárez agregó que también explorarán la posibilidad de aumentar a 21 años la edad para la compra y consumo de bebidas alcohólicas, ya que, dijo, son el inicio de peleas o enfrentamientos entre los jóvenes.

“No podemos permitir que esto siga sucedido a lo largo y ancho del país. Tenemos que velar porque nuestros niños estén lo más seguros posible, y si es el caso de poder subir la edad para comprar y consumir bebidas alcohólicas, será propuesta del PVEM y probablemente sea a 21 años”, asentó.

ntx/jcd

Liberan a escoltas del hijo de Dámaso López.

Cinco personas señaladas por la PGR como escoltas de Dámaso López Serrano ‘El Mini Lic’, fueron puestas en libertad tras una resolución de una jueza federal al concluir que fueron detenidos sin orden judicial y fueron presuntamente torturados.

El Mini Lic es hijo del ya detenido Dámaso López Núñez, uno de los líderes del Cártel de Sinaloa.

La jueza de control del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Sur, María Elena Cardona Ramos, dictó el auto de no vinculación a proceso a los acusados.

Cardona Ramos tomó dicha determinación al considerar que el informe policíaco de las capturas es inverosímil y que es muy probable que los detuvieran en un allanamiento.

La jueza también ordenó a la Procuraduría investigar posibles hechos de tortura en agravio de Jorge Tovar Calleros, originario de Jalisco, Trinidad Francisco García Parra, Jesús Alejandro García Parra, Juan Enrique Rodríguez Acosta y Ramón Arellanes Almazán, originiario de Sinaloa. Los cinco abandonaron el Reclusorio Sur la madrugada del jueves.

Foto de Twitter

Algunos de ellos declararon que agentes de la Policía Federal Ministerial (PFM) trataron asfixiarlos con bolsas de plástico en la cabeza, los patearon en diversas partes del cuerpo y los amenazaron con matarlos si no revelaban el paradero de “El Licenciado”.

Los cinco hombres fueron acusados por la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO) por delitos contra la salud en modalidad de posesión con fines de comercio, portación y posesión de armas, posesión de cartuchos y cargadores, todos de uso exclusivo del Ejército.

El pasado 4 de mayo, agentes de la PFM detectaron a sujetos armados que corrieron al interior de una vivienda ubicada en Almenas 85, en la Colonia Jardines del Sur, Xochimilco, según el Informe Policial Homologado.

Los hombres armados dejaron la puerta abierta, por lo que los elementos los persiguieron en flagrancia y dentro del inmueble aseguraron la droga, las armas y a los otros cómplices, según la versión de los agentes.

Las autoridades aseguraron casi cinco kilos de metanfetamina, 12 gramos de cocaína y casi un kilo de una mezcla de cafeína con metanfetamina. También decomisaron dos armas largas y dos cortas, 160 cartuchos útiles, dos granadas, un lanzagranadas y 8 cargadores.

A pesar de esto, la jueza concluyó que nunca existió una agresión real que pusiera en peligro la vida de los agentes que justificara la intrusión al domicilio sin orden de cateo, ya que los sospechosos no les dispararon o intentaron disparar.

Los detenidos afirmaron que antes que los elementos policiales ingresaran al domicilio, escucharon un estruendo en la puerta.

Un oficio de inspección de la PFM se indicó la existencia de un golpe en la parte superior de la chapa de la puerta principal en la casa allanada.

Foto de PGR

“Existe inverosimilitud en el informe policíaco y esto encuentra apoyo en lo dicho por los propios imputados. Para la vinculación a proceso no sólo son necesarios indicios, sino indicios razonables. Considero que con los datos y medios de prueba no puede considerarse que exista razonabilidad en los indicios”, dijo la juez.

El fallo de la jueza no puede ser impugnado conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales.

MiHeL