La SCJN determina que cines deben exhibir películas dobladas al español para personas con discapacidad visual

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha establecido en una reciente resolución que las películas exhibidas en complejos cinematográficos en México deben ofrecerse no solo dobladas al español o subtituladas, sino también con audiodescripción para garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad visual.

La determinación, que se tomó en el marco del amparo en revisión 14/2023 y fue presentada por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, destaca la importancia de garantizar que las personas con discapacidad visual puedan disfrutar plenamente de las películas en el cine.

La resolución, emitida en una sesión del 6 de marzo de 2024, fue aprobada por unanimidad de cinco votos y establece que la Ley Federal de Cinematografía debe ser modificada para incluir esta disposición. Se señaló que existe una omisión legislativa en la ley actual al no prever la garantía de derechos de las personas con discapacidad visual sin afectar desproporcionadamente otros derechos.

La audiodescripción consiste en un servicio que describe de manera objetiva y clara lo que está sucediendo en la pantalla durante los espacios de diálogo, permitiendo que las personas con discapacidad visual puedan seguir la trama y entender las acciones y expresiones de los personajes.

Esta determinación representa un avance significativo en la garantía de derechos para las personas con discapacidad visual en México, asegurando que tengan acceso a la cultura y al entretenimiento de manera inclusiva y equitativa.

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