¿Cuál es la cantidad legal que se puede portar de mariguana en México?

El consumo recreativo de cannabis ha pasado de ser un tema tabú a uno de interés, político, legislativo, judicial y nacional; pues poco a poco, en México se pugna por derrocar los estereotipos y la estigmatización a los consumidores de mariguana como delincuentes, renegados sociales y promotores del desprecio por las leyes.

Reconocidas personalidades nacionales e internacionales se han pronunciado a favor del consumo recreativo de la marihuana y se han revelado consumidores. La lista es larga, y solo por mencionar algunos se encuentran el ganador del Premio Oscar Morgan Freeman, a Brad Pitt, y las cantantes Rihanna y Dua Lipa, entre muchas más celebridades.

En México personalidades del cien de oro como Germán Valdés ‘Tin Tan’ y ‘El Flaco de Oro’ Agustín Lara tenían predilección por fumar la hierba; en la actualidad destaca la senadora morenista Jesusa Rodríguez, pasando por un largo etcétera de artistas, hasta llegar al nombre del cantante Ángel Quezada conocido como ‘Santa Fe Klan’

‘Santa Fe Klan’ protagonizó una tensa situación con la policía el pasado fin de semana, pues mientras hacia un video para sus redes sociales promocionando uno de sus conciertos. Fue atrapado ‘fumando un gallo’ por lo que le pidieron una revisión a la que se negó y tuvo un altercado que quedó grabado, todo por portación de marihuana.

¿Qué cantidad de marihuana es legal portar?

Tras el altercado del rapero, es difícil imaginar a Jesusa Rodríguez -quien incluso ya fue ratificada como embajadora de México en Panamá- siendo detenida por portación de marihuana, además de que cuenta con fuero o a ‘Tin Tan’ y ‘El Flaco de Oro’ ser remitidos a las autoridades por ‘fumarse un gallo’ como Santa Fe Klan.

Por ello surge la pregunta: ¿cuál es la cantidad de marihuana que es legal portar para consumo personal?, para que no se considere un ilícito o que se porta la hierba con fines de venta y/o narcotráfico.

Al respecto, el pasado 11 de mayo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación(SCJN) determinó declarar inconstitucional penalizar la portación de más de 5 gramos de cannabis a menos que se pueda probar que no es para uso personal.

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