De acuerdo al decreto que se publica hoy en el Diario Oficial de la Federación, el presidente Enrique Peña Nieto, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 39, fracción III del Código Fiscal de la Federación, ha decidido aplazar el alza en las gasolinas.
Por lo que La Secretaría de Hacienda y Crédito Público ha postergado una semana alza a combustibles mediante subsidios que estarán vigentes hasta el 11 de febrero.
Comunicado No. 013
Ciudad de México, 3 de febrero de 2017
Los precios máximos de las gasolinas y el diésel vigentes del 4 al 17 de febrero permanecerán sin cambios respecto a los del mes de enero
El precio máximo promedio de la gasolina Magna se mantiene en $15.99 por litro, el de la gasolina Premium en $17.79 y el del diésel en $17.05
Los precios máximos de las gasolinas y el diésel que estarán vigentes del 4 al 17 de febrero de 2017 permanecerán sin cambios con respecto a los niveles observados en enero para cada uno de los tres combustibles.
Con ello, el precio promedio a nivel nacional se mantendrá en $15.99 por litro para la gasolina Magna, $17.79 para la gasolina Premium y $17.05 para el diésel.
Consistente con lo anterior, los precios máximos aplicables en cada una de las 90 regiones del país no tendrán modificaciones durante este periodo. Los niveles de los precios máximos para cada región pueden ser consultados en la página de la Comisión Reguladora de Energía (www.gob.mx/cre).
La determinación de los precios que se anuncian es consistente con el proceso de flexibilización del mercado de combustibles. Las medidas de austeridad ya anunciadas por el Gobierno de la República, así como la evolución reciente del tipo de cambio y del precio internacional de las gasolinas, han creado las condiciones para mantener sin cambios los precios máximos durante el periodo señalado.
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Además menciona el documento que se reforma temporalmente el artículo Primero del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016, para que en sustitución de lo dispuesto por el artículo citado, durante el periodo comprendido de las 4.00 horas del 4 de febrero a las 3.59′.59” horas del 11 de febrero de 2017.
Aquí en donde documenta más detalles de esta decisión: