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INE declara improcedentes las medidas cautelares contra López Obrador

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) contra Morena y de Andrés Manuel López Obrador.

Lo anterior, explicó el organismo, por la difusión de supuesta propaganda en redes sociales, retomada desde septiembre de 2017 por diversos medios de comunicación, que a juicio del quejoso podrían constituir actos anticipados de campaña.

En sesión extraordinaria, con el voto unánime de los consejeros Adriana Favela, Claudia Zavala y Benito Nacif, la Comisión de Quejas y Denuncias determinó que el material que se encuentra alojado en redes sociales goza de un ámbito reforzado de libertad de expresión.

Además, coincidieron en que bajo la apariencia del buen Derecho, en el contenido del material denunciado no se advierten elementos que permitan estimar que se está en presencia de actos anticipados de campaña.

Ello, apuntaron, toda vez que no se aprecia un llamamiento al voto en favor o en contra de determinado aspirante a cargo de elección o partido político.

La Comisión también determinó la improcedencia de la queja en cuanto a las notas periodísticas publicadas en diversos medios de comunicación en formato digital, toda vez que a partir de un análisis preliminar, no se desprenden elementos que indiquen que se trate de publicaciones contratadas.

Por tanto, bajo la apariencia del buen derecho, se puede concluir que se trata de contenidos amparados por el libre ejercicio periodístico y en consecuencia, necesarios para la libre circulación de ideas e información, expusieron.

La consejera Adriana Favela consideró necesario hacer mayor énfasis en el análisis contextual de la propaganda utilizada para el evento académico en el que se utilizó la palabra “candidato”, que fue únicamente para darle relevancia al personaje político.

Lo anterior, sin que ello implique que se permita que la denominación “candidato” se utilice en la etapa de precampañas que se está realizando actualmente en el proceso electoral federal, pues ésta se debe usar hasta que esa persona tenga dicha calidad por haber obtenido su registro ante la autoridad electoral, agregó.

NTX

Desechan medidas cautelares sobre spots de Meade y López Obrador

La autoridad electoral federal declaró improcedente aplicar medidas cautelares contra spots del precandidato del Partido Revolucionario Institucional (PRI), José Antonio Meade, así como contra Andrés Manuel López Obrador y Morena.

En sesión extraordinaria urgente, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó en el primero caso de los spots de Meade, “Mujeres y Visión”, pautados para radio y televisión, no representan actos anticipados de precampaña.

Tampoco consideró uso indebido de la pauta, pues se ajustan a los recientes criterios y directrices establecidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para la promoción de precandidatos únicos.

Esto en virtud de que se identifica a José Antonio Meade como precandidato del PRI a la Presidencia de la República, y contiene la leyenda “Mensaje dirigido a los miembros de la Convención Nacional de Delegados del PRI”.

La Comisión determinó que el video “Spot PRI Mujeres” en YouTube se ubica en una cuenta de redes sociales y, por ende, goza de un ámbito reforzado de libertad de expresión.

Otra segunda solicitud de medidas cautelares también del Partido de la Revolución Democrática (PRD) contra Meade por el un video con el lema ¡El momento es ahora!, difundido en Twitter y en el portal de SDPNoticias, fue declarada improcedente por la autoridad electoral.

En este caso, la Comisión determinó que no constituyen actos anticipados de precampaña y campaña, uso indebido de recursos públicos, promoción personalizada ni violación a la reglas de propaganda de precampaña.

En otro punto, la Comisión de Quejas declaró la improcedencia de las medidas cautelares formuladas por un ciudadano en contra de Morena y Andrés Manuel López Obrador.

Determinó también que no hubo presuntos actos anticipados de campaña, así como el probable uso indebido de la pauta local de la Ciudad de México, Jalisco, Guanajuato y Yucatán, por la difusión de dos promocionales.

Determinó que los spots “Estaríamos mejor” y “Estaríamos mejor empresario” en radio y televisión deben ser considerados como propaganda genérica válida para difundirse en la pauta de precampaña local como federal.

Tampoco se advierte de forma clara y expresa el nombre, voz o imagen de López Obrador y no contiene mensajes o expresiones que, de forma clara y directa, llamen a votar a favor o en contra de determinada persona o fuerza política.

NTX