Coparmex contra la Miscelánea 2017

Split Financiero

Los que han levantado la voz para dar a conocer sus opinión sobre la Ley de Ingresos para el 2017 y la Miscelánea Fiscal, son lo de la Coparmex que dirige Gustavo de Hoyos Walther, y es que comentan que la semana pasada el Senado de la República aprobó prácticamente sin discusión en los mismos términos el dictamen que enviaron los diputados. Por lo que dicen que la miscelánea fiscal recién aprobada tiene una orientación fundamentalmente recaudatoria y desde luego, dista mucho de ser una política fiscal que promueva la formalidad y la inversión. El sector patronal afirma y reconoce algunos aspectos positivos de la miscelánea aprobada por los legisladores, producto de las propuestas dicen ellos, que fueron planteados por su gremio. Mencionan que los representantes populares no aprobaron iniciativas fundamentales para fortalecer el empleo formal y con ello generar bienestar,  cuya propuesta fue la deducción plena de las prestaciones laborales, donde actualmente son no deducibles en un monto de entre un 47 y un 53 por ciento, como lo son algunas tan relevantes como los vales de despensa, las becas educacionales, las becas deportivas, los fondos de ahorro, las ayudas para útiles escolares, los pagos de renta y de transporte entre otros. Además comentan que hoy tampoco son deducibles al 100 por ciento aquellas prestaciones que se otorgan por mandato de la Ley Federal del Trabajo, como lo son incluso el aguinaldo, las primas dominicales y vacacionales, las horas extras, entre otras. Y no se pueden deducir íntegramente las aportaciones complementarias a los planes de pensiones. Otro punto interesante es que se destaca que quedó pendiente también la actualización de la tarifa del ISR a las personas físicas, recordando que desde 2009 y hasta la fecha la inflación es mayor a un 24 por ciento y esta inflación no ha sido reconocida en las tarifas, lo cual implica de facto un aumento en el pago del ISR de los contribuyentes que son personas físicas. Otro tema a destacar es  que no fueron atendidos por los legisladores, es la deducción por parte de las personas físicas de las colegiaturas en el nivel de educación superior; como tampoco fueron su solicitud para el acreditamiento del 10 por ciento del ISR de los dividendos pagados a personas físicas, contra su ISR del ejercicio. Actualmente dicho pago tiene el carácter de impuesto definitivo. Por lo que la conclusión que enumera este enorme documento es que las normas fiscales no deben convertirse en un freno o una limitante de la actividad formal, por el contrario deben de incentivarla.

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