Israel debe actuar inmediatamente para impedir el genocidio en Gaza: ONU

Durante la audiencia de La Haya, en Países Bajos, La Corte Internacional de Justicia (CIJ) ordenó a Israel “tomar todas las medidas necesarias para prevenir un genocidio en Gaza. Esto como parte del fallo de la corte, respecto a la demanda presentada por Sudáfrica para reconocer los ataques de Israel como genocidio y solicitar medidas provisionales.

De este modo, el 26 de enero del 2024, la CIJ, máximo órgano judicial internacional, reconoció que los palestinos tienen derecho de ser protegidos de actos de genocidio. Con lo cual, ordenó a Israel tomar medidas efectivas para impedir la destrucción y garantizar la preservación de las pruebas relacionadas con denuncias de actos comprendidos dentro de la Convención de Genocidio.

Aunado a ello, el tribunal exige a Israel “permitir la prestación de servicios básicos y asistencia humanitaria”. Pues argumentan, estos se necesitan “urgentemente para hacer frente a las adversas condiciones de la vida a las que se enfrentan los palestinos en la Franja de Gaza”.

Sin embargo, en su determinación, la Corte no se pronunció respecto al cese de operaciones militares, tal como lo había solicitado Sudáfrica en su demanda. Pues, si bien, se exigen garantías de efecto inmediato para que los militares no cometan actos de genocidio, esto no implica un cese al fuego total. Además, aunque las medidas provisionales son de “obligado cumplimiento”, el tribunal no dispone de medios para hacerlas cumplir. Por lo que, estas son una medida cautelar, previas a la adopción de una decisión definitiva sobre el litigio, por lo cual podrían pasar años antes de que se dicte la sentencia.

Por su parte, los abogados de Israel, afirmaron que las medidas provisionales, equivalen a un “intento de negar a Israel su capacidad para cumplir sus obligaciones con defensa de sus ciudadanos”. Así, el estado de Israel está obligado a presentar un informe al tribunal sobre las medidas adoptadas para dar efecto a las órdenes del tribunal, esto un plazo no mayor a 30 días, a partir del fallo.

La medios internacionales como “una acogida con beneplácito donde nadie obtuvo lo que solicitó”. Esto dado que las partes involucradas, Sudáfrica y Palestina, consideraron el fallo una victoria parcial, pues pese a estar satisfechas con la determinación, se negó parte de sus solicitudes.

En el caso de Sudáfrica, este consiguió que fueran atendidas sus solicitudes en torno a las medidas preventivas para detener el genocidio, pero no se le exigió a Israel un cese total al fuego. Ahora bien, Israel no consiguió que la CIJ desestimara por completo la demanda por genocidio, pero tampoco se ve obligado a retirar sus fuerzas militares de la franja de Gaza.

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