¿Qué sigue despues de los primeros ocho años del cannabis medicinal en México?

En junio de 2015, la historia del cannabis medicinal cambio, fue en este año cuando la familia Elizalde inició un juicio de amparo ante la Suprema Corte de la Nación para que se pudiera importar de manera legal un producto derivado de cannabis no psicoactivo que prometía ser la única opción para mejorar la calidad de vida de mi hija, Grace.

Tan sólo unos meses después, en enero de 2026, la autoridad sanitaria (COFEPRIS) otorgó los primeros permisos para que dos familias del sur del país pudieran importar este tipo de productos para mejorar la calidad de vida que tienen dos niñas con epilepsia resistente a los medicamentos y tratamientos existentes para este padecimiento.

El elemento en común entre estas tres familias era que habían probado todos los tratamientos existentes para hacer frente a un tipo de epilepsia muy difícil de tratar y que afecta a aproximadamente a 28 personas por cada 10 millones de personas cada año, el síndrome de Lennox-Gastaut. Si analizamos este padecimiento como punto de referencia, podríamos decir que la cifra de pacientes con síndrome de Lennox-Gastaut es insignificante, pero si tomamos en cuenta los datos del INEGI sobre nacimientos desde 2015 y hasta 2022, nos damos cuenta de que se han reportado más de 16 millones y medio de nacimientos, haciendo que la probabilidad de que haya 28 niños con Lennox-Gastaut sea muy alta. Aproximadamente un 5% de estos pacientes mueren por este padecimiento o problemas asociados, y generalmente ese porcentaje representa a aquellos que no cuentan con tratamientos adecuados o falta de diagnóstico.

Han pasado 8 años desde que en México se lograron obtener los primeros permisos para importar este tipo de productos con el fin de mejorar la calidad de vida los pacientes, no sólo con Lennox Gastaut, sino con otros padecimientos neurodegenerativos, dolor neuropático y otros tantos padecimientos que han sido estudiados en estos últimos años, sin embargo, también han sido dos administraciones públicas y dos corrientes políticas las que han gobernado a este país, y las que han demostrado muy poca voluntad para avanzar en la materia. Apenas en 2017 cambió la Ley General de Salud para aceptar el uso medicinal de productos derivados de cannabis no psicoactiva, el tipo de cannabis que cuenta con menos de 1% de componentes psicotrópicos, y en 2018, al finalizar el sexenio se emitieron los lineamientos para otorgar los primeros permisos, mismo reglamento que fue revocado en los primeros meses de 2019, dejando a miles de pacientes  a la deriva y a varias empresas nacionales e internacionales dispuestas a invertir en nuestro país en un vacío legal que continúa hasta la fecha.

También, es cierto que durante 2021 el Gobierno de México aprobó el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario para la Producción, Investigación y Uso Medicinal de la Cannabis y sus Derivados Farmacológicos, el cual propone una serie de restricciones a la industria de cannabis no psicoactivo (cáñamo industrial) que limitaría el acceso para suplementos, alimentos, textiles y fibras, entre un sinfín de usos que no generan un riesgo para la salud, además de poner a nuestro país en una clara desventaja económica resultado de discrepancias en las regulaciones internacionales y una sobre regulación para productos derivados de cáñamo.

Además, el reglamento emitido en 2021 se aleja de la política de justicia social, dando claras ventajas operativas a los grandes conglomerados farmacéuticos, quienes podrán aprovechar su posición privilegiada para presionar económicamente a los pacientes que requieren de productos derivados de cannabis para el tratamiento de diversos padecimientos y lucrar con un cultivo como el cáñamo,  que hasta la primera mitad del siglo XX benefició a nuestro país, gracias a su implementación con fines textiles e industriales hasta antes de la entrada en vigor de las políticas prohibicionistas.

No hablemos del tamaño de mercado o los impuestos que esta industria puede generar, aunque es importantes destacar que estamos hablando de un mercado que este año alcanzará los 4 mil millones de dólares en América del Norte, hablemos de la falta de acceso y los pacientes, si retomamos datos que mencioné antes sobre el síndrome de Lennox Gastaut, es muy probable que tan solo en estos 8 años han nacido 28 niños con este padecimiento y la falta de acceso legal a productos como los aceites de CBD de grado terapéutico en 8 años pueden costarle la vida al menos a uno de esos pacientes, sin hablar de las afectaciones a largo plazo para todos aquellos que sobrevivan la marca de los 10 años, esto significa que al menos 18 niños y contando llegarán a la vida adulta con discapacidades físicas, cognitivas y motoras.

El llamado que ha hecho la sociedad civil, los profesionales de la salud e investigadores, la iniciativa privada y hasta la Suprema Corte, que en agosto de 2019 ordenó a la Secretaría de Salud emitir un nuevo reglamento en materia de cannabis con fines medicinales para sustituir al que habían revocado, no es un llamado para tener acceso irrestricto a sustancias psicotrópicas, mucho menos un llamado para hacer negocios, es un llamado para garantizar el derecho a una vida digna en nombre de al menos 28 personas, es un llamado para garantizar la vida de al menos una persona, incluso, es un llamado, para que, en un futuro, nazcan niños y niñas con la seguridad de que su salud ya fue protegida por las generaciones pasadas, y por esas personas que tuvieron el privilegio de necesitar acceder a este tipo de productos, también es un llamado para contar con una regulación que podría ayudar a los campesinos mexicanos a romper la barrera de violencia, al aprovechar su tierra para el cultivo de cáñamo, una planta que por su composición química no cuenta con ingredientes psicoactivos o que propongan un riesgo para la salud y que se ha convertido en un cultivo altamente solicitado en mercados internacionales.

Por decirlo de otra manera, el llamado de todas estas voces siempre ha sido para que las autoridades reconozcan legalmente las diferencias entre el cáñamo, sus usos industriales y sus beneficios para el campo, permitiendo que estos productos acaten las regulaciones actuales en materia de alimentos, textiles, cosméticos y todos aquellos usos industriales previstos en el cambio a la ley de 2017, sin caer en regulaciones excesivas, las cuales si deben ser previstas para todos aquellos usos y productos recreativos que provienen de otras variedades de cannabis.

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